Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado JUAN BONIFAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 83.089, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EVELIA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.727.988, contra la sentencia dictada en fecha 09 de octubre de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, la cual queda CONFIRMADA.
Segundo: Se condena al pago de las costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Cuarto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.