Se declaró procedente, la solicitud de DIVORCIO realizada por el ciudadano: JOSE LUIS RODRIGUEZ VIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V-10.078.116; Fundamentado en el supuesto del desafecto o desamor establecido en la sentencia No. 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos: JOSE LUIS RODRIGUEZ VIÑA y MARELY JAKELIN OLOYOLA BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.078.116 y V-14.153.377, respectivamente, celebrado por ellos en fecha veintiséis (26) de febrero del año mil novecientos noventa y siete (1.997), por ante El Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia de documento certificado de acta de matrimonio Nº 12 del año 1.997, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese .....