Decreta la NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 09 de septiembre de 2015, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de esta Extensión Judicial, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional CONDENÓ al imputado de autos por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, tipificado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de (...), a tenor de lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 174, 175, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal