Primero. Este tribunal considerando la exposición Fiscal en cuanto a la narrativa de los hechos así como, lo expuesto en el Acta Policial de fecha 8 de febrero de 2003, la cual corre inserta al folio 6 del presente expediente, mediante la cual se desprende la forma, modo, tiempo, lugar y circunstancias como ocurrieron los hechos evidenciándose de la misma la presunta participación o autoría de los imputados en el hecho punible; este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para calificar la aprehensión de los imputados como FLAGRANTE y así se decreta. Igualmente vista la facultad otorgada al Ministerio Público en el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal y escuchada la solicitud Fiscal se ordena se prosiga la averiguación por la vía del procedimiento ordinario de conformidad a lo establecido en el último aparte del artículo 373 ejusdem. Segundo: Visto que se encuentran llenos los extremos del articulo 25.....