se mantiene la medida cautelar impuesta en fecha 04-07-03. Se ordena el pase a Juicio de la presente causa y seguidamente se dictara el correspondiente Auto de Enjuiciamiento. Se intima a las partes a que comparezcan ante el Tribunal de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas dentro de un lapso de 48 horas, luego de transcurrido el lapso legal correspondiente. Se ordena al Secretario de este Despacho remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio Competente en su debida oportunidad procesal. En este estado se da por concluida la presente Audiencia. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, las partes presentes han quedado debidamente notificadas