....DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: LUIS MIGUEL ESPINOZA PÉREZ, LUIS KEIBER ESPINOZA MOLINA y YORLEVIS ESPINOZA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad Nos. V-5.589.134, V-12.057.715 y V-11.481.782, respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos de la De Cujus CARMEN MOLINA DE ESPINOZA, en vida identificada con la cédula de identidad Nº V-4.287.010. ASI SE DECIDE. Se advierte expresamente que se dejan a salvo los derechos de terceros. Se ordena certificar por Secretaría las copias solicitadas. Devuélvanse con sus resultas a las partes interesadas.-