En consecuencia de lo precedentemente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. Procédase igualmente a librar las correspondientes comunicaciones a la Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, a la Dirección de Prisiones del Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales del precitado ente ministerial, participando lo resuelto por éste órgano jurisdiccional, a la Dirección del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), a los fines previsto en el encabezamiento del artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se acuerda solicitar los antecedentes penales de la ciudadana penada de autos a la División de Antecedentes Penales del Ministerio previamente aludido. Líbrese boleta de tras.....