...DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos CARMEN MARIA DVORAK DE CONTRERAS y GUSTAVO ARMENDO CONTRERAS BECERRA venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-3.182.543 y V-3.564.392 respectivamente, sobre unas bienechurias consistentes en la edificación de una casa unifamiliar dividida en dos (2) partes, con un área de construcción de QUINIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS (525,78 Mts2), asentadas en un lote de terreno de su propiedad, según consta de documento debidamente registrado por ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN) de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Río Chico; en fecha 07 de septiembre de 1972, anotado bajo el N° 33, folios 120 al 124, Protocolo Primero, Tomo 5° Adicional, tercer trimestre del año 1972, ubicada en el Sector Hacienda La Guapa, Calle E, Parcela N° 62, Jurisdicción de la Parroquia Río.....