Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera en lo Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de ELENA KAROLYN BURGOS ALCEDO, titular de la cedula de identidad N° V- 11.932.104, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, ya el hecho objeto del proceso se ha extinguido como es motivado al fallecimiento dela victima; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos artículo 300 numeral 3, y 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 11 ejusdem; SEGUNDO: Se acuerda el cese de cualquier medida Cautelar sustitutiva a la Privación de Libertad que pese sobre el ciudadano antes mencionado.....