DISPOSITIVA
En razón de las motivaciones de hecho y de derecho precedentes, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público, contra el imputado, ciudadano ROBERTO ZAPATA ESCUDERO, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.406.817, de 59 años de edad, nacido en Medellín, Colombia, de estado civil soltero, de profesión mecánico, residenciado en el Alto de Soapire, parcelas El Limón, sector El Progreso, Calle La Lucha, casa S/N°, Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 417 del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana MARIA ERMELINDA URBINA.....