ORDENA DEJAR SIN EFECTO la solicitud que aparece en pantalla del ciudadano LUIS ALEJANDRO RIVAS CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad No. 11.817.583, por la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Penal de La Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques en fecha 07-05-1997 donde condenó al ciudadano LUIS ALEJANDRO RIVAS CASTILLO a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ACTO FALSO, y donde en fecha 11-04-2000, este Tribunal prescribió la pena que debía cumplir el referido ciudadano. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Según lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda notificar al referido ciudadano, y una vez pasado el lapso de quince (15) días se acuerda remitir las actuaciones al archivo judicial.