Conforme a lo expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el INSTITUTO AUTONOMO CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTADO MIRANDA contra la Providencia Administrativa Nº 137-2015 de fecha 22 de julio de 2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro.- En consecuencia se declara la nulidad absoluta de la providencia recurrida.