EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud interpuesta por la Representante del Ministerio Público y en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la prórroga por el lapso de quince (15) días para que la Dra. MONICA BRITO MARIN, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, presente el respectivo acto conclusivo, lapso que comenzará a correr al vencimiento del lapso de treinta (30) días previsto en el tercer aparte del artículo 250 eiusdem. Ya que las diligencias faltantes son necesarias para la continuación de la presente investigación. Decisión que se dicta de conformidad con los artículos 250, 12, 13, 108 numerales 3 y 4 del artículo 285 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Declara SIN LUGAR la solicitud de revocación de la Medida privativa de libertad de los ciudadanos imputados de autos solicitada por la ciudadana MARIA ROSO.....