En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, concordados con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos: ANGEL MIGUEL LANDAEZ MARTINEZ y TERESA MORELA RUIZ GOMEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.681.117 y V-6.516.128, respectivamente, celebrado por el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta de Matrimonio N° 265, tomo 1, de fecha veinticinco (25) de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986), una vez quede firme la presente decisión de confo.....