Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano: Scipione Squartecchia Domingo Mauricio, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-6.842.465, de estado civil soltero, hijo de Gioseppe Scipione y Guiseppina de Scipione, por la presunta comisión del delito Estafa, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal.-
Segundo: Se acuerda en cese de la prohibición de salida del País del imputado que fue acordada en auto fecha 24/02/1988 y notificada mediante oficio signado con el N° 0648, y en consecuencia Librese oficio a la Oni-Dex, a los fines de dejar sin efecto la medida en cuestión, conforme al contenido del artículo 50 de la Constitución de la Repúblic.....