En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 365, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos GEISY DAIRIN OLIVIERI CARIACO Y JUAN CARLOS CORREA MARTINEZ, ambos de nacionalidad venezolana y titulares de las cédulas de identidades Nº V- 19.959.973 y V-18.749.105, respectivamente, en relación a la Obligación de manutención en beneficio de las niñas y adolescentes KARLA YULIANA CORREA OLIVIERI, nacida en fecha 17-05-2.006, quien actualmente cuenta con 17 años de edad, según acta de nacimiento Nº 1042, GABRIELA NAOMIS CORREA OLIVIERI, nacida en fecha 28-09-2.008, quien actualmente cuenta con 14 años de edad, según acta de nacimiento Nº 129, GREISY ALEJANDRA CORREA OLIVI.....