´DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana BLANCA MABELLY VIVAS FERRINI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-8.680.149, y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unió a la prenombrada con el ciudadano CESAR DAVID VAZQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.533.577, contraído mediante acta de matrimonio N° 218, folio 219, levantada por el Registro Civil del Municipio del Estado Miranda, hoy (Registro Civil y Electoral del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro de la parroquia Los Teques del estado Bolivariano de Miranda), en fecha 12 de agosto de 1983.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en la sentencia No. 136, dictado por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de marzo de 2.017, en la cual se indicó que "(...) la correspondiente decisión proferida por el tribunal causará cosa juzgada material a tenor de lo.....