...DECLARA SIN LUGAR la Revisión de la Obligación de Manutención fijada en Sentencia proferida por el extinto Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes, en fecha 14 de enero de 2009, a favor del niño de autos, formulada por el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia y en aras del Interés Superior del niño de autos, conforme lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta juzgadora procede a ratificar la Decisión dictada por el extinto Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes, en fecha 14 de enero de 2009, a favor del niño de autos, en tal sentido el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA suministrará por concepto de Obligación de manutención, en beneficio de su hijo, PRIMERO: La cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 399,62), mensuales, los cuales serán entregados directamente a la madre, o depositados en la cuenta que aquella designe para tal fin, dicho monto se le hará un ajus.....