V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO ejercido por el abogado en ejercicio JORGE BAHACILLE MERDENI, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GISSEL MARÍA GIMÉNEZ PALACIOS, contra el auto dictado en fecha 7 de noviembre de 2016, por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda; en consecuencia, se revoca el aludido auto y se ORDENA al juzgado de la causa, la notificación de las partes de la sentencia dictada en fecha 16 de septiembre de 2015, en el entendido de que una vez conste en autos la notificación en referencia, se sirva oír en ambos efectos la apelación ejercida por el abogado JORGE BAHAC.....