DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos sobre el acto administrativo de efectos particulares contenido en la providencia N° 00102-2013, dictada en fecha 12 de abril de 2013, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", de la ciudad de Guatire, Municipio Zamora, del Estado Bolivariano de Miranda, en la que se declaró con lugar el reclamo por cobro de diferencias de prestaciones sociales por despido, incoada por el ciudadano Carmen José Rey, portador de la cédula de identidad Nº V-10.092.787, en contra de la sociedad mercantil Servicios y Construcciones Aliconza, C.A., solidariamente Luis Alberto Figuera.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de .....