este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos FERDINANDO MENDES PESTANA y MARIA FERNANDA MENDES PESTANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.037.088 y V-6.842.514, respectivamente, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, un Local, ubicado en un terreno de propiedad municipal que es de los ciudadanos FERDINANDO MENDES PESTANA y MARIA FERNANDA MENDES PESTANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.037.088 y V-6.842.514.....