En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en el acto de la Audiencia Oral de Presentación de Aprehendido y celebrada en fecha 17/04/2018, posterior registro de la resolución judicial de esa misma data, de conformidad a lo establecido en los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, en consecuencia se anulan los actos subsiguientes a la decisión anulada. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado en la que se encontraba antes de la celebración de la Audiencia Oral de Presentación de Aprehendido, realizada por el Tribunal Tercero de Control de esta Circunscripción Judicial, .....