HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia y conforme a lo solicitado, el Tribunal acuerda: 1) oficiar al depositario judicial a fin que entregue los bienes embargados por el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello del Estado Táchira, en fecha 30 de abril de 2009, para que éste le entregue dichos bienes muebles al demandante; 2) el desglose del documento original del contrato, los cheques y las letras de cambio originales que cursan en autos para ser entregados al demandado, dejando copia certificada en su lugar; 3) por cuanto no hay mas actuaciones en la presente causa, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.