Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano HUGO ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-3.538.761, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de CUATROCIENTOS TRECES METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (413,30 MTS2), en: El Sector La Cruz (Quebrada de la Virgen), Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (256.10.....