CONFIRMA la decisión de fecha 26 de marzo de 2004, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante el cual Decretó la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos GIL MONTILLA ALEXANDER JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.039.197, y CADENAS LÓPEZ JERSY DAVID, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.819.919; de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º; 251 ordinales 2º y 3º y 252 ordinales 1° y 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Se declara SIN LUGAR el recurso interpuesto.-
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.-