este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009 emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EVELISSE KATHERINNE GUTIERREZ APARICIO, titular de la cédula de
identidad N° V-17.927.622, sobre unas bienhechurías constituida por una casa, la cual le pertenece según documentos protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Municipio Tomas Lander del estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 46, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, de fecha 18-12-2007, y rectificación y aclaratoria bajo el N° 16, folio 57, tomo 7, del Protocolo de transcripción del .....