en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos JUAN IGNACIO QUINTANA QUINTANA y ZULAY JOSEFINA GIL YUSINA, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda, y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-12.730.283 y V-5.450.938, respectivamente, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo que los unía