...CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (PRÓRROGA LEGAL) sigue la ciudadana MARYORI BORGES, contra la ciudadana MARÍA CELESTE GONCALVES AGRELA, ambas ampliamente identificadas en autos y consecuentemente, se condena a la demandada a: 1. En forma principal: En el cumplimiento del contrato de arrendamiento en cuanto a la prorroga legal, que venció el primero (1°) de Octubre de dos mil nueve (2009) 2. En forma subsidiaria a: 2.1 Entregar de manera inmediata a la parte accionante, el inmueble constituido por un (1) apartamento ubicado en el piso uno (1) distinguido con el N° 4, en el Edificio San Miguel, Calle Miquilen Sur, número 23, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, libre de persona y bienes, y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió. 2.2 Al pago de los daños y perjuicios que se estiman en la cantidad de VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 25,00) diarios por cada día de retardo o demora que transcurra en la entrega de.....