...PRIMERO: Se determina que el ciudadano ÁNGEL JOSÉ REYES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad personal número V-15.118.253, lleva privado de su libertad por esta causa penal, a la fecha, un tiempo de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y SIETE (07) DÍAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de prisión de SEIS (06) AÑOS y ONCE (11) MESES que le fuera impuesta, y en aplicación de la disposición del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, CINCO (05) AÑOS, OCHO (08) MESES y VEINTITRÉS (23) DÍAS, siendo entonces que la pena principal concluye en fecha tres (03) de septiembre del año dos mil quince (2015).
SEGUNDO: Habiendo resultado condenado, asimismo, el ciudadano ÁNGEL JOSÉ REYES RODRÍGUEZ, antes identificado, a cumplir la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la pena, prevista en el artículo 16 del Código Penal, se determina, por tanto, como fecha de culminación de la referida pena accesoria, el día tres (03) de septiembre del año dos mil qui.....