En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el presente Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. MICHELL TATIANA SARMIENTO, en su condición de Defensora Pública Penal Nº 16, de los ciudadanos MARIA ALEJANDRA BARRETO, NESTOR DANIEL GUZMAN GONZALEZ, GERSON RODRÍGUEZ RANGEL y YOVAR EDUARDO LOPEZ BERROTERAN, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de Octubre de 2013, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos MARIA ALEJAND.....