Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación en la modalidad de efecto suspensivo ejercido por la profesional del derecho YORLIN DÍAZ, Fiscal Auxiliar para la Sala de Flagrancia del Ministerio Público del estado Miranda, en contra la decisión dictada en fecha 08 de diciembre del año en curso, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó a los ciudadanos GLEIBER PAÚL PÉREZ VILLAMIL Y RICARDO PÉREZ VILLAMIL, la libertad plena y sin restricciones.