SEXTO: Se condena al ciudadano ESTEVA BARRAGAS GELMARC RAFAEL, de 25 años de edad, es titular de la cédula de identidad número 13.887.699, de nacionalidad: venezolana, de estado civil: soltero y de oficio: mecánico automotriz en el sector Cabotaje Av. Bertorrelli Cisnero, Edf. San Gabriel, electro auto Guainia, Nacido el 06-089-79 en Baruta Estado Miranda, es hijo de los ciudadanos: Celina de Esteva (v) y William Rafael Esteva (v); está residenciado en el Tambor Urb. Quenda, Edf. Los Pinos, piso 3, apto. 3-A Los Teques, Estado Miranda, 0212-3230145 y 0414-1362695, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de LESIONES CULPOSA GRAVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y tipificado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en concordancia con el artículo 422 numeral 2° ejusdem y perpetrado en agravio de la ciudadana: CARMEN NICOLASA LEON DE HERNANDEZ.