CAPÍTULO VII
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ENRIQUE JOSÉ VELASQUEZ, estando debidamente asistido de abogado, contra la decisión proferida por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas y de Control en materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en fecha 10 de julio de 2015; y CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo la referida decisión, a través de la cual se declaró SIN LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA interpuesta por el prenombrado contra la ciudadana PETRA RAQUEL VELASQUEZ, todos ampliamente identificados en autos.