...DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: CARLOS ENRIQUE SALCEDO APONTE y JULY CAROLINA SANCHEZ ALONZO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, portadores de las cédula de identidad Nos. V-13.556.745 y V-15.795.375, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 189 del Código Civil. Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines de su protocolización en la Oficina de Registro Inmobiliario correspondiente al último domicilio conyugal. A los efectos del articulo 190 del código Civil y al Registro civil de conformidad con el articulo 3 numeral 4º de la Ley Orgánica de Registro Civil.