Se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por las abogadas ROSA MARGARITA LINARES ABACHE Y ELENA VICTORIA PRADO RIVERO, en su condición de Defensoras Privadas, contra la decisión dictada en fecha 02 de mayo de 2016, por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control de esta Sede Judicial, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional decretó contra el imputado ALFREDO JOSÉ GONZÁLEZ HIDALGO, la medida de privación judicial preventiva de libertad, conforme a lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos con la agravante del artículo 6 numerales 1,2,3,8 ejusdem y AGAVILLAMIENTO, tipificado en el artículo 286 del Código Pena