de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de Tribunales de Procedimientos del Trabajo, en tanto que carece de elementos suficientes para determinar su competencia territorial, respecto al caso en particular, ordena oficiar a la Dirección Municipal de Catastro, a los fines de que a la brevedad posible informen a este Tribunal si la sede de la referida sociedad mercantil PESQUERA TRANSPECO C. A., ubicada en la siguiente Dirección: Avenida Intercomunal Guarenas-Guatire, Parcela L1-D, al lado de Makro Guarenas, Estado Miranda, se encuentra bajo Jurisdicción de este Municipio Zamora