...este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por NULIDAD incoara el ciudadano CLAUDIO LACANAEL CERASI contra la ASOCIACION CIVIL CLUB BAHIA DE LOS PIRATAS; SEGUNDO: Se declara NULO el procedimiento disciplinario abierto en fecha 29 de noviembre de 2004 por la Comisión de Disciplina de la Junta Directiva del CLUB BAHIA DE LOS PIRATAS A.C., al ciudadano CLAUDIO LACANALE CERASI. Como consecuencia de lo anterior, se deja sin efecto y valor alguno la sanción impuesta al ciudadano CLAUDIO LACANALE CERASI, ordenándose la restitución del mismo como socio de la acción Nro. 716 y TERCERO: Se insta a la parte demandada ASOCIACION CIVIL CLUB BAHIA DE LOS PIRATAS, que en lo .....