ACUERDA que el cumplimiento de las Medidas que le fue impuesta al joven IDENTIDAD OMITIDA, consistente en: UN (01) AÑO DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS, a quien se le sigue causa signada bajo el Nº 1E-1092-11, por la comisión del delito DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de la colectividad, la comenzará a cumplir a partir del doce (12) de enero de dos mil Doce (2012), y culminará en fecha DOCE (12) DE ENERO DE DOS MIL TRECE (2013).