Se decreta el SECUESTRO del inmueble objeto de la presente acción, constituido por un apartamento distinguido con el Nº 15-07, piso 15, del Edificio Chicagua, Urbanización Las Islas, Guarenas, jurisdicción del Municipio Plaza del Estado Miranda.
2. Se designa Depositario Judicial del inmueble a secuestrar a su co-propietario CARLOS MANUEL BLANCO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 925.768, quien por sí o por intermedio de apoderado judicial deberá aceptar el cargo y prestar el juramento de Ley antes de la práctica de la medida en cuestión ante el Juez Ejecutor competente.