declara CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada en fecha 25 de enero de 2016, por la abogada ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ, actuando en su condición de Jueza Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, con respecto al juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpusieran los ciudadanos MARÍA ASUNCIÓN MARI DE MARQUEZ y MARIANO JESÚS MARQUEZ OROPEZA contra la Sociedad Mercantil BARLOVENTO T.V., C.A., tramitada en el expediente signado con el No. 29.177 (según nomenclatura interna de ese Despacho).
En virtud de la anterior declaratoria, se ordena la notificación del presente fallo a la Jueza Inhibida y al sustituto temporal para su debida información, ello de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia signada con Nº 1.175, proferida en fecha 23 de noviembre de 2010.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada d.....