ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del penado BLANCO HERRERA ESTEBAN MARINO, y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en los Teques, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el último aparte del artículo 482 ejusdem