ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJ Y ESTUDIO al ciudadano GONZÁLEZ YANEZ GIORGINA COROMOTO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 18.090.093, por un tiempo igual a UN (1) MES Y DOS (2) DÍAS de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1º y 509 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; 13° y 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.