Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
1° Reconsiderar la REVOCATORIA del Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE EJECUCION DE LA PENA al condenado SEPULVEDA ARTEAGA YUBEL HUMBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.938.952, por el lapso que le falta de cumplir de la pena el cual es de CUATRO (4) AÑOS, DOS (2) MESES Y QUINCE (15) DIAS sumada su última detención.