Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA a los ciudadanos BERNARDO JOSÈ SOUSA CANHA, MARIA ESTELA SOUSA DE CANHA DE TREINTA, MARIA DA CONCEICAO DE CANHA DE NACIMIENTO, ANTONIO GOUVEIA CANHA, JUAN CARLOS DE SOUSA HURTADO, MANUEL ALEJANDRO DE SOUSA HURTADO y GERMAN ALBERTO DE SOUSA HURTADO, suficientemente identificados en autos UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-cujus, ciudadano FERNANDO SIMAO CANHA, suficientemente identificado en autos, quien era hermano de los cuatro primeros y tío de los tres últimos. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a los p.....