Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada en ejercicio OFELIA CHAVARRÍA, en su carácter defensora judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CONDUCTORES UNO CABLES, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 14 de marzo de 2022, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes; y por consiguiente, se declara SIN LUGAR la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoara el ciudadano ALFREDO BARRERA CHINEA contra la prenombrada empresa, todos plenamente identificados en autos.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, no ha.....