Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana RITA BARRIOS DE TESARE. Se declara CON LUGAR la demanda por ENTREGA MATERIAL propuesta por los ciudadanos NEIRA JOSEFINA HENRIQUEZ GONZALEZ e ILDEMARO FRANCISCO CEREZO GONZALEZ, en contra de la ciudadana RITA BARRIOS DE TESARE, ambas partes plenamente identificadas.- En consecuencia se condena a la parte demandada, ciudadana RITA BARRIOS DE TESARE, a efectuar a favor de la parte actora, ciudadanos NEIRA JOSEFINA HENRIQUEZ GONZALEZ e ILDEMARO FRANCISCO CEREZO GONZALEZ, y/o a sus apoderados judiciales debidamente constituidos, la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva de las bienhechur.....