Atendiendo a lo solicitado mediante diligencia por la apoderada judicial de la parte solicitante, y los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley emite su pronunciamiento de la siguiente forma: Se declara la HOMOLOGACIÓN CONFORME A DERECHO el desistimiento de la solicitud, efectuado por la parte solicitante ciudadana MARÍA CECILIA DEL CARMEN ROMERO DE ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.122.000, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, Dailyn Luisangela Ortiz Rodríguez, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 213.394. PRIMERO: ordena el desglose del presente expediente para la devolución de los documentos originales solicitados, los cuales corren insertos entre los folios cinco (05) al veintiséis (26), ambos inclusive, de.....