CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas ROSAIBI YOSELIN BRICEÑO CESA y YEIDERLIN NAZARETH PEÑALOZA, antes identificados, y con las consideraciones de Hecho y de Derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadanaSIXTA JOSEFINA CLEMENTE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.406.384, quien esmadre del ciudadanoTOLEDO CLEMENTE JORGE LEONARDO, (FALLECIDO). Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, prev.....