Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 34.697, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana INGRID CELIDETT RIVAS VASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.847.010, contra la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2013, por el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Con sede en Guarenas.
Segundo: SE CONFIRMA bajo las consideraciones esgrimidas en la parte motiva del presente fallo, la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2013, por el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana JENNY MARIA NAVARRO RINCON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.154.380, contra la ciudadana INGRID CELIDETT RIVAS VASQUEZ, venezolana, mayor de edad.....