-DECISION-
En fuerza lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos: AURA MARINA CEGARRA DE SOJO Y FELIX BERNABE SOJO ARANGUREN, ambos de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- Nros V- 5.355.612 y 5.120.227 respectivamente. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL a partir de que la presente quede definitivamente firme.
De conformidad con lo establecido en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena registrar la presente decisión, única y exclusivamente en la Oficina de Regist.....